Historia y antecedentes

Origen

Durante la tramitación del proyecto de nuevo puerto industrial de Granadilla en Tenerife (islas Canarias), la Comisión Europea emitió el 6 Noviembre de 2006 un Dictamen en el que introdujo una serie de condicionantes a las obras, a tener en cuenta por parte del Reino de España. Entre las medidas correctoras y compensatorias, destaca la siguiente:

"Para garantizar que el puerto de Granadilla se construya y gestione de manera respetuosa con el medio ambiente, se establecerá una fundación independiente y permanente antes de que comiencen las obras. El papel de esa fundación será controlar el estado y las tendencias de la biodiversidad local y garantizar al mismo tiempo la aplicación adecuada de las medidas correctoras y compensatorias. Las autoridades han presentado la declaración de aprobación de los estatutos correspondientes a la creación de la fundación. La Comisión toma nota de las aclaraciones proporcionadas por las autoridades españolas en su carta de 8 de mayo de 2006, en las que se indica que se han modificado los estatutos de la fundación para garantizar su independencia institucional. Los posibles cambios futuros de los estatutos de la fundación no reducirán ni su independencia, ni sus competencias ni su permanencia. Toda modificación de los estatutos se notificará directamente a la Comisión." 

 Autoridad Portuaria

 

gobcan

Constitución

El Consejo de Ministros del 1 de Junio de 2007 aprueba la creación de la Fundación pública del sector estatal "Observatorio Ambiental del Puerto de Granadilla", adscrita al Protectorado del Ministerio de Fomento. Aunque la voluntad del fundador radique en la Comisión Europea, los fundadores materiales son la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife y el Gobierno de Canarias. El 11 de Abril de 2008 se constituye la Fundación y se aprueba su acrónimo OAG y nombre abreviado "Observatorio Ambiental Granadilla". En sus Estatutos figuran, además de la finalidad prioritaria, otros fines vinculados a la observación de la biodiversidad y del medio marino de Canarias y, por extensión, de la Macaronesia.

Son beneficiarios concretos de esta fundación, los departamentos e instituciones de la Comunidad Autónoma de Canarias y de otros archipiélagos macaronésicos, así como las instituciones de la Administración del Estado, con competencia en la conservación del medio marino, y las entidades de carácter científico o conservacionista vinculadas al medio, con los que el OAG ha de colaborar en sus actuaciones. En segundo término, y por la naturaleza de los fines fundacionales, la beneficiaria última de la Fundación será la sociedad en general, a la que irán dirigidas las actividades que se desarrollen en el ámbito de la Fundación.

Una de las particularidades del OAG como fundación es que cuenta con dos órganos de gobierno: el Patronato y el Director, debiendo entenderse esta circunstancia como una de las garantías de independencia institucional exigida.

 

Registro

El OAG se halla inscrito en el Registro de fundaciones del Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino con fecha de 14 de Ocubre de 2008 y número de registro nº 380001-1 (Ver anuncio en el BOE).